¿Qué son?
Los Institutos de Medicina Legal son órganos cuya misión es auxiliar a los Juzgados, Tribunales, Fiscalías y Oficinas del Registro Civil mediante la práctica de pruebas periciales médicas, tanto tanatológicas (relativas por ejemplo a disecciones de cadáveres, autopsias, etc.) como clínicas y de laboratorio, así como realizar actividades de docencia e investigación relacionadas con la medicina forense.
Los Institutos de Medicina Legal se constituyen como órganos especializados que centralizan las funciones realizadas por los Institutos Anatómico-forenses y Clínicas Anatómico-forenses, realizando prácticas periciales médicas, tanto tanatológicas como clínicas y de laboratorio.
En sus funciones técnicas tienen carácter independiente y emiten sus informes de acuerdo con las reglas de investigación científica que estimen adecuadas
Dónde hay Institutos de Medicina Legal
En las capitales de provincia en las que tenga su sede un Tribunal Superior de Justicia, así como en aquellas en las que tengan su sede Salas de Tribunal Superior de Justicia con jurisdicción en una o más provincias, se creará un Instituto de Medicina Legal, mediante Orden del Ministro de Justicia, o por la Comunidad Autónoma afectada que haya recibido los traspasos de medios para el funcionamiento de la Administración de Justicia, oído el Consejo General del Poder Judicial. En las normas de creación establecerán la sede y la relación de puestos de trabajo inicial, reflejando el ámbito territorial correspondiente de cada Instituto. Asimismo, desarrollará su estructura y competencias. En las restantes ciudades, podrán existir Institutos de Medicina Legal con el ámbito que reglamentariamente se establezca por el Gobierno, a propuesta del Ministerio de Justicia, o, en su caso, de la Comunidad Autónoma afectada que haya recibido los traspasos de medios para el funcionamiento de la Administración de Justicia.
fuente: http://www.mjusticia.gob.es/cs/Satellite/es/1215198363409/Estructura_C/1215198291926/Detalle.html